Continúa latente el tema de conversación sobre la suspensión de Ramón Rubio Durante, actual alcalde suspendido de Puerto Libertador, Córdoba. Mucho se dice y se comenta en redes sociales, pero de hecho poco se sabe. A propósito, el pasado 5 de agosto se conocieron en páginas de la red social Facebook mensajes que decían que la certificación del Partido Liberal colombiano era presuntamente falsa.
El mensaje en redes sociales fue repetitivo en diferentes cuentas de redes sociales tanto cuentas personales como páginas de Facebook, todas, según su ubicación, de origen ‘bijaguera’, como es conocida a las personas de Puerto Libertador en el sur y Alto San Jorge cordobés.
“El Partido Liberal Colombiano emitió un documento oficial que certifica que el alcalde Ramón Rubio Durango ya no es militante del partido desde el 23 de junio de 2022. Sin embargo, se ha conocido que la parte acusadora presentó un documento similar que, al parecer, es falso y no fue emitido por el Partido Liberal Colombiano. Este hecho ha generado confusión y ha puesto en duda la veracidad de las acusaciones en contra del alcalde”, se lee en el mensaje posteado en la red social Facebook.
Contexto de la situación
El demandante de la elección de Rubio Durango, Jorge Herminio Torres Restrepo, presentó argumentos sólidos en su demanda, argumentando la presunta doble militancia del mandatario suspendido. Torres Restrepo señaló evidencias como una captura de pantalla de un acto de cierre de campaña del demandado, mensajes en redes sociales y un video en la casa de Rubio Aguas, que fueron posteriormente eliminados de su cuenta de Facebook, sugiriendo un intento de ocultar actos de apoyo.
Además, se mencionó la certificación del secretario general del Partido Liberal Colombiano, fechada el 24 de noviembre de 2023, en la que se informa que Rubio Durango nunca renunció a la colectividad y estaría afiliado a ella.
Caribe Noticias conoció la certificación que reposa en el archivo de la demanda presentada ante el Consejo de Estado en la que se señala a Durango como militante activo.
¿Verdad o mentira?
A pesar de que desde el principio se ha cuestionado la credencial de Rubio Durango como falsa, la decisión de la corte deja mucho que decir. Asimismo, podría creer que el silencio del partido Liberal tiene algo que decir. Días posteriores a la publicación de la presunta falsificación del certificado del partido político, en la plataforma SIRA, apareció retirado.
“El usuario se encuentra “Retirado”, por favor contáctanos al correo”, mensaje que muestra el sistema del partido Liberal.
Ese mismo 5 de agosto, día de la publicación de la certificación, Caribe Noticias intentó comunicarse con el partido Liberal vía telefónica, pero fue imposible en los diferentes intentos que se realizaron por lo que, a través de SIRAA, enviamos una PQR con radicado PLC66B183FE7888E que, hasta la presente no ha sido respondida luego de un mes y 5 días.
Según las políticas de PQR del partido, publicado en su sitio web, este tipo de petición tiene que ser respondida dentro de los siguientes 15 días hábiles, pero tal parece que nada es así. ¿Incumplen sus propias políticas?
¿Cómo saber quién nos dice la verdad?
Ramón con toda por su puesto
El pasado 30 de agosto se conoció que la Sección Cuarta del Consejo de Estado ha dictado sentencia en primera instancia dentro de la acción de tutela interpuesta por Ramón Alberto Rubio Durango, actual alcalde suspendido del municipio de Puerto Libertador, Córdoba. La acción fue presentada contra la Sección Quinta del Consejo de Estado y el Tribunal Administrativo de Córdoba, alegando la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, trabajo y acceso a la justicia.
El demandante solicitaba dejar sin efecto la providencia emitida por el Consejo de Estado el 20 de junio de 2024, la cual suspendía provisionalmente su elección como alcalde, por considerar que había incurrido en doble militancia al postularse por el partido La Fuerza de la Paz sin renunciar formalmente a su anterior militancia en el Partido Liberal Colombiano.
Tras evaluar los argumentos, la Sección Cuarta determinó que la tutela es improcedente, al no cumplirse el requisito de subsidiariedad, ya que el proceso de nulidad electoral continúa en curso,
















