El proceso de entrega del subsidio de Renta Ciudadana ha comenzado, marcando una serie de cambios importantes para los beneficiarios de Familias en Acción y la Devolución del IVA.
A lo largo de 2023, se llevó a cabo la transición hacia la Renta Ciudadana como fase preliminar a su implementación total en 2024. El 22 de enero, se anunció la resolución que da inicio a este proceso.
Laura Sarabia Torres, directora de Prosperidad Social, resaltó la intención del programa Renta Ciudadana de fomentar la independencia económica, subrayando que su propósito va más allá de brindar simplemente un subsidio mensual. Según Sarabia Torres, la meta es proporcionar herramientas que impulsen la generación de ingresos propios, aspirando a reducir la dependencia de los programas sociales y contribuir a sacar a las personas de la pobreza.
Cambios Importantes en Familias en Acción y Devolución del IVA
Según Yohana Cubillos, directora de transferencias del DPS, se llevará a cabo un proceso de priorización de los beneficiarios de la Renta Ciudadana. Es probable que algunas personas que antes recibían beneficios de Familias en Acción ahora sean destinatarias de este nuevo subsidio; aquellos que no cumplan con los requisitos serán respaldados por el departamento para recibir otras formas de ayuda.
Además, se anunció que la Devolución del IVA se integrará a la Renta Ciudadana. Esto implica que aquellos que actualmente reciben el reembolso del impuesto también obtendrán el nuevo subsidio.
“La Devolución de IVA continuará atendiendo a dos millones de hogares en pobreza extrema. Pasarán de recibir los 90 mil pesos entregados en la Devolución de IVA a hasta los 500 mil pesos que proporcionaremos en la Renta Ciudadana”, precisó Cubillos.
Quiénes son Elegibles para la Renta Ciudadana
La asignación de la Renta Ciudadana se realizará priorizando datos del Sisbén IV, el registro social de hogares y listados de población indígena. Serán elegibles aquellos que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
- Hogares en pobreza extrema con jefatura monoparental, priorizando a los encabezados por mujeres, con niños menores de 6 años y clasificados en los grupos A01 al A05 del SISBÉN IV.
- Hogares en pobreza extrema que incluyan a una persona con discapacidad que requiera asistencia personal o cuidado.
- Unidades de Intervención indígena, con niños menores de 6 años, inscritos en los listados de población indígena gestionados por Prosperidad Social.
















