La Procuraduría General de la Nación impuso sanciones disciplinarias a varios miembros de la Policía Nacional por su participación en los hechos ocurridos el 25 de julio de 2022, en el corregimiento de Chochó, de Sincelejo, Sucre. Durante el operativo, que se desencadenó tras la muerte del patrullero Diego Felipe Ruiz Rincón en Sampués, tres civiles resultaron muertos bajo custodia policial.
El teniente coronel Benjamín Darío Núñez Jaramillo, entonces Comandante Operativo de Seguridad Ciudadana del departamento de Policía de Sucre, fue hallado responsable de la comisión de homicidio, según lo dispuesto en el artículo 103 del Código Penal. Núñez Jaramillo disparó contra Carlos Alberto Ibáñez Mercado, Jesús David Díaz Monterroza y José Carlos Arévalo Contreras, quienes habían sido capturados y trasladados en un vehículo institucional para recibir atención médica debido a las heridas que presentaban. Los tres ciudadanos fueron declarados muertos en la clínica María Reina de Sincelejo.

La Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 1, mediante fallo del 23 de agosto, determinó que Núñez Jaramillo incurrió en una falta gravísima, conforme al artículo 45 de la Ley 2196 de 2022 (Estatuto Disciplinario Policial), que tipifica como falta la comisión de delitos penales. En consecuencia, fue destituido de su cargo y se le impuso una inhabilidad para ejercer funciones públicas por un periodo de 19 años.
Asimismo, otros oficiales fueron sancionados por su participación en los hechos. El mayor Cristian Alberto Betancur Salamanca, junto con los patrulleros Eduar de Jesús de la Rosa Juez, Santiago Garavito Díaz, Rafael Paz Barboza, Uber Guillermo Mieles Arroyo, Bernardo Pontón Mercado, Diana Marcela Puerta Rodríguez y Leila Carolina Ávila Pestana, fueron declarados responsables por los delitos de prevaricato por omisión y abuso de autoridad, tipificados en los artículos 414 y 416 del Código Penal. Los mencionados oficiales no garantizaron la protección de los civiles durante el procedimiento policial.
Las sanciones para estos servidores públicos consistente en destitución e inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas por periodos que oscilan entre los 11 y 15 años.
Por otra parte, la Procuraduría absolvió de toda responsabilidad disciplinaria a la subteniente María Camila Buriticá Valencia y a los patrulleros Jesús María Bolaño Castro, Álvaro Antonio Álvarez Ricardo y Yamit Alfonso Henao Araque, al no encontrarse pruebas suficientes que sustentaran los cargos en su contra.
















